BALLENAS: CAZA ILEGAL, CRUELDAD TOTAL

No importa donde vivas, no importa donde estes... Todos habitamos una misma isla, que no podemos abandonar, Nuestro hogar al que llamamos Tierra, Debemos Cuidarlo!

MATANZA DE FOCAS EN CANADÁ - 2012

Nuevamente en Marzo de 2012 dará comienzo la mayor matanza de FOCAS ARPA: 400 mil bebés serán asesinados - Nada los detiene. Ni su tierno aspecto, ni su papel en el ecosistema son argumentos para evitar su cruel asesinato...

DECLARACIÓN UNIVERSAL PARA EL BIENESTAR DE LOS ANIMALES

La Declaración Universal para el Bienestar de los Animales fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

NO A LA MATANZA DE CANGUROS EN AUSTRALIA

El mundo entero pide que detengan la matanza de canguros para confeccionar calzado deportivo en las diferentes empresas que explotan a estos bellos e inocentes animalitos

BANDERA, SANTIAGO DEL ESTERO, ARGENTINA. CAMPAÑA CASTRACIONES MASIVAS

Justicia por los cachorros ahorcados y Campañas Regulares de Castraciones Masivas de Animales

jueves, 4 de febrero de 2010

Ballenas: Caza ilegal, crueldad total.

NO IMPORTA DONDE VIVAS,
NO IMPORTA DONDE ESTES,
TODOS HABITAMOS EN UNA MISMA ISLA
QUE NO PODEMOS ABANDONAR:
NUESTRO HOGAR,
AL QUE LLAMAMOS TIERRA.
DEBEMOS CUIDARLO !


Muchísimas gracias a la colaboración de mis amigas: Alba Aparicio, y sus hijas: Vicky y Aldana, de San Miguel de Tucumán. ¡Las queremos! :)
Ellas nos mandaron este video, alojado en youtube:

"Recopilación de videos sobre momentos críticos de la bestial e ilegal caza de Ballenas, ambientado con la bella canción ¨Ballenas¨ - casi un himno - del brasilero Roberto Carlos."




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EL TRABAJO DE GREENPEACE


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Greenpace org / argentina / ballenas
Greenpeace argentina blog / ballenas

BASTA DE MATAR BALLENAS, APOYA A GREENPEACE



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Y como les parece que "matan poco" también van por los DELFINES.

Fuente: link
Todos los años, entre los meses de octubre y abril, pescadores de la aldea de Taiji (Japón) cazan 20.000 delfines y otros pequeños cetáceos de forma cruel, acorralándolos en una ensenada de baja profundidad para atraparlos,tiñiendo literalmente el mar de rojo, con el único objetivo de avastecer la indústria cárnica.

La escena de las aguas teñidas de rojo por la sangre de los cetáceos, que durante la captura resultan heridos mortalmente, es cada año una terrible realidad –que los pescadores tratan de ocultar a la prensa y los observadores que se acercan al lugar.

Los objetivos de esta captura son dos: la producción cárnica y la caza de ejemplares vivos para cautiverio.

Para la producción cárnica los delfines son literalmente "acarreados" en camiones a mataderos cercanos donde mueren degollados y desangrados. La carne, rotulada como "carne de ballena", satisface el consumo de la población japonesa e internacional, donde tiene cada vez mayor demanda. Por su parte, la captura de ejemplares vivos (generalmente hembras jóvenes) para delfinarios y parques acuáticos (para sus programas de "Nadar con delfines") las condena a vivir hasta el último de sus dí­as confinadas en piscinas como "entretenimiento".

La industria de los delfines en cautiverio nos muestra una imagen en que ellos se erigen como "salvadores" del destino de los delfines como plato principal. Eso no es verdad. Los delfines y otros pequeños cetáceos capturados para la cautividad representan un valor comercial mucho mayor para los pescadores japoneses que la venta de su carne para el consumo. La multibillonaria industria de los delfines para cautividad no está salvando a los delfines de la muerte. Están ayudando a mantener esta práctica cada vez que hacen de la pesca provechosa para los pescadores y la industria pesquera. Esto debe ser detenido.

Los pescadores de Taiji declaran que matan a los delfines porque éstos son una plaga, que esquilman los recursos marinos y que, por lo tanto, necesitan neutralizar a esta competencia natural. Si los pescadores no tuvieran el permiso de las autoridades, tendrí­an que acabar con esta actividad.

Necesitamos hacer saber a las autoridades japonesas que estos crí­menes contra la naturaleza son inaceptables para el resto del mundo.

Por ello se está organizando una gran protesta mundial para enviar un poderoso mensaje al gobierno japonés: DETENGAN LA MATANZA DE DELFINES.

El gobierno japonés y los pescadores dicen que la caza de delfines es parte de la cultura japonesa. Pero en realidad, la mayorí­a de los japoneses no saben que la matanza de delfines existe. Diversos observadores de organizaciones conservacionistas (One Voice, Earth Island Institute y Elsa Nature Conservancy) han viajado a Taiji en reiteradas oportunidades para documentar y exponer la masacre de los delfines al resto de Japón y del mundo. Las voces de reprobación son cada vez mayores.

Puedes expresar tu condena firmando en la siguiente petición:
http://www.theoceanproject.org/actfordolphins



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La bestialidad humana a la orden del día.
Delfines lastimados con lanzas, atrapados por redes y embarcaciones, atrapados sin poder salir, degollados hasta desangrarse. Que horror verlos sufrir asi !! Y que dolor increíble por observarlos con impotencia, desde un monitor, sin poder hacer nada.
Para hacer algo por ellos, podemos expresar nuestra condena firmando en la siguiente petición:
http://www.theoceanproject.org/actfordolphins



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CUANDO HAYAS CORTADO

EL ÚLTIMO ÁRBOL,

CUANDO HAYAS CONTAMINADO

EL ÚLTIMO RÍO

Y PESCADO

EL ÚLTIMO PEZ

TE DARÁS CUENTA QUE EL DINERO

NO SE PUEDE COMER.

martes, 2 de febrero de 2010

Corridas de Toros - Ni Arte Ni Cultura: TORTURA

Tal vez hayas oído que la fiesta de los toros es un arte, pero no lo es....
Es una Ciencia... La ciencia de la Tortura.
Nada en la fiesta brava es genuino, solo el dolor.


Si el video no se ve, aqui está el link

24 Horas antes de entrar en la arena:
* El toro ha sido sometido a un encierro a oscuras para que al soltarlo, la luz y los gritos de los espectadores lo aterren y trate de huir saltando las barreras, lo que produce la imagen en el publico de que el toro es feroz.
(La condición natural del toro es huir NO atacar)

* También se le han recortado los cuernos para proteger al torero
* Le colgaron sacos de arena en el cuello durante horas.
* Lo golpearon en los testiculos y los riñones
* Le indujeron diarrea al poner sulfatos en el agua que bebió
(Todo esto es con el fin de que llegue débil al ruedo y en completo desorden)

* Se le ha untado grasa en los ojos para dificultar su visión
* Y en las patas se le puso una sustancia que le produce ardor y le impide mantenerse quieto
(Así el torero no desluce su actuación)

Los caballos de los picadores
Se eligen a caballos que ya no tienen valor comercial, por que el animal muere en 3 o 4 corridas a lo mucho, es muy habitual que el animal sufra quebraduras múltiples de costillas o destripamientos. Se les coloca un peto simulando que se les protege, pero en realidad se trata de que el publico no vea las heridas al caballo que con frecuencia presentan exposición de vísceras El trabajo del picador
Si el torero percibe que el toro embiste con mucha energía, ordena al picador hacer su trabajo: Consistente en desangrar al toro para debilitarlo, clavándole en el lomo una lanza que destroza músculos (trapecio, romboideo, espinoso y semiespinoso, serratos y transversos de cuello) Lesiona además, vasos sanguíneos y nervios. Esto es para que el torero pueda brindar la expresión artística que se supone debe tener este espectáculo.

Un solo puyazo podría destrozar al toro, por eso se hace en tres tiempos “para mayor goce de la afición.”

Las banderillas
Las banderillas aseguran que la hemorragia siga se intenta colocarlas justo en el mismo sitio ya dañado con los ganchos de metal. El gancho se mueve dentro de la herida con cada movimiento del toro y con el roce de la muleta, el peso de las banderillas tiene precisamente esa función. Algunas banderillas tienen un arpón de 8 cms, y se les llama “de castigo”, a las cuales es sometido el toro cuando ha logrado evadir la lanza del picador. Las banderillas prolongan el desgarre y ahondamiento de las heridas internas. No hay límite al número de banderillazos: tantos como sean necesarios para desgarrar los tejidos y piel del toro.

Demostrando Valor
La pérdida de sangre y las heridas en la espina dorsal impiden que el toro levante la cabeza de manera normal, y es cuando el torero puede acercarse


Con el toro ya cerca del agotamiento, el torero no se preocupa ya del peligro y se puede dar el lujo de retirarse del toro después de un pase especialmente artístico, echando fuera el pecho y pavoneándose al recibir los aplausos del público.
Cuando el toro alcanza este estado lastimero, el matador entra en el ruedo en una celebración de "bravura y machismo", a enfrentarse a un toro exhausto, moribundo y confundido.

La Espada

El toro es atravesado con una ESPADA de 80 cms de longitud, que puede destrozarle el hígado, los pulmones, la pleura, etc., según el lugar por donde penetre en el cuerpo del animal de hecho, cuando destroza la gran arteria, el toro agoniza con enormes vómitos de sangre. A la hora de matar, si el toro corre con un poco de suerte muere de una estocada, pero no como se piensa de una estocada al corazón si no que la espada penetra pulmones y diafragma, a veces una arteria mayor, y de ahí la hemorragia que se aprecia del hocico y de la boca. A veces mueren ahogados en su propia sangre.

La Tortura sigue
El toro, en un intento desesperado por sobrevivir, se resiste a caer, y suele encaminarse penosamente hacia la puerta por la que lo hicieron entrar, buscando una salida a tanto maltrato y dolor. Pero entonces lo apuñalan en la nuca con el DESCABELLO, otra larga espada que termina en una cuchilla de 10 cms. A pesar de estos terribles tormentos, el animal no suele morir de inmediato por su gran fuerza, pero finalmente cae al suelo, porque la espada a ido destrozando sus órganos internos.

Como "les parece poco" ... Mas Tortura
Lo rematan con la PUNTILLA de 10 cms. con lo que intentan seccionarle la médula espinal, a la altura de las vértebras atlas y axis. El toro queda así paralizado, sin poder siquiera realizar movimientos con los músculos respiratorios, por lo que muere por asfixia, muchas veces ahogado en su propia sangre, que le sale a borbotones por la boca y la nariz.

Las Orejas y El Arrastre
DESPUES QUE LE DESTROZAN LAS VERTEBRAS, EL TORO PIERDE CONTROL SOBRE SU CUERPO DESDE EL CUELLO HACIA ABAJO, SIN EMBARGO HACIA ARRIBA SE MANTIENE INTACTO, POR LO QUE ESTA CONCIENTE DE TODO EL HORROR Y DE CÓMO LES CORTAN LAS OREJAS Y ES ARRASTRADO FUERA DEL RUEDO.

Fuente:
FABA - FUNDACIÓN ARGENTINA PARA EL BIENESTAR ANIMAL y PROYECTO GEO


Movimiento antitaurino LATORTURA.ES

Partido Antitaurino contra el Maltrato Animal PACMA.ES

lunes, 1 de febrero de 2010

LEY 13.879 (Provincia de Bs.As. - Argentina) O Ley Maruco, Prohibición del Sacrificio de Animales



LEY 13.879 – O LEY MARUCO – PROHIBICIÓN DEL SACRIFICIO DE ANIMALES (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

PUBLICADA EN EL BOLETIN OFICIAL DEL 6 DE NOVIEMBRE DE 2008-11-07 

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley 

ARTICULO 1°: Prohíbase en las dependencias oficiales de todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la práctica del sacrificio de perros y gatos, como así también, todos los actos que impliquen malos tratos o crueldad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nacional Nº 14.346. 

ARTICULO 2º: Es objetivo de la presente Ley que los municipios y comunas de la Provincia logren alcanzar el equilibrio de la población de perros y gatos. 

ARTICULO 3º: Establécese la práctica de la esterilización quirúrgica como único método para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. 

ARTICULO 4º: Declárase obligatorio en la Provincia el tratamiento antiparasitario de los perros y gatos, así como la aplicación de todos los métodos preventivos contra las zooantroponosis. 

ARTICULO 5º: La Autoridad de Aplicación coordinará con los ejecutivos municipales la implementación y difusión masiva de las actividades a realizar para el cumplimiento de la presente. 

ARTICULO 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo 

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil ocho. 

Horacio Ramiro González Alberto Edgardo Balestrini 
Presidente H. C. Diputados Presidente H. Senado 

Manuel Eduardo Isasi Máximo Augusto Rodríguez
Secretario Legislativo Secretario Legislativo H. Senado 
H. C. Diputados 

DECRETO 2.415 
La Plata, 22 de octubre de 2008 

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y Boletín Oficial y archívese 



Masacre de Delfines Calderón en Dinamarca

En DINAMARCA, país del primer mundo,
para hacerse hombres, los jóvenes, deben matar un delfín.
¿Y para hacerse humanos? ¿Que deberían hacer?
El ser humano tiene el poder de realizar heroicos y benévolos actos por el bien de la humanidad y de todo ser vivo, pero lamentablemente esta capacidad demasiadas veces se tuerce y cobra un matiz vil, sangriento e infame.

Hoy me he topado con una noticia que refleja una vez más el desagradable accionar de las personas y al igual que muchos, al leerla se ha apoderado de mí una sensación de abatimiento e impotencia muy grande.

Cada primavera el mar que baña las costas de las Islas Feroe en Dinamarca, se tiñe de sangre por un puro acto de salvajismo y crueldad. Los “mozos” de la isla son los encargados de dar muerte a un centenar de dóciles y curiosos delfines calderones (especie amenazada) que en esa época del año suelen aproximarse a las costas. El ritual se repite cada año, como una iniciación de los jóvenes-adolescentes que pasan a ser ... ¿hombres?

La economía de las Islas Feroe por su geografía se basa principalmente en la exportación y uso de la carne de este cetáceo pero esto no da pie ni justificativo a la barbarie y brutalidad de la matanza ni a la libre explotación de un animal en riesgo.

Un hecho en verdad muy doloroso que debe encontrar pronta solución.

Fuente:
link





Si el video no se ve, este es el enlace
En otras páginas de turismo, con mi nena encontramos estos links: Islas Feroe
Y en otra página encontramos esto: Visite Islas Feroe con el slogan "VISITA ISLAS FEROE, EN DINAMARCA Y DEJA QUE LA NATURALEZA SE APODERE DE TI" ¿¿¿¿????
PETITORIOS PARA FIRMAR:


Declaración universal de los Derechos del Animal


DERECHOS DEL ANIMAL
Artículo 1º
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo 2º
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el
derecho de exterminar a otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo 3º
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo 4º
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o
acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines
educativos, es contraria a este derecho.

Artículo 5º
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera
impuesta por el hombre con fines mercantiles, es contraria a dicho
derecho.

Artículo 6º
a) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero, tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo 7º
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del
tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al
reposo.

Artículo 8º
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o
psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se
trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como toda
otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo 9º
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido,
instalado y transportado, así como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo 10º
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de
animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo 11º
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un
biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo 12º
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo 13º
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

Artículo 14º
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales, deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la Ley, como lo son los derechos del hombre.


Fuente:
Proyecto - Geo


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DECLARACIÓN UNIVERSAL PARA EL BIENESTAR DE LOS ANIMALES



DECLARACIÓN UNIVERSAL PARA EL BIENESTAR DE LOS ANIMALES

La Declaración Universal para el Bienestar de los Animales fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).


PREÁMBULO

Reconociendo que los animales son seres vivos, y que por lo tanto como tales merecen una especial consideración y respeto,

Reconociendo que los seres humanos comparten este planeta con otras especies y formas de vida y que todas coexisten en un ecosistema independiente,

Reconociendo que a pesar de las significativas diferencias entre las distintas sociedades humanas en lo social, económico y cultural, cada una debe desarrollarse en forma humanitaria y sustentable,

Reconociendo que muchos estados ya cuentan con un sistema legal tanto para animales domésticos como salvajes,

Buscando la manera de efectivizar en forma continuada estos sistemas y el mejor desarrollo y comprensión del sustento del bienestar animal, la Sociedad Mundial para la Protección de los animales proclama:

La Declaración Universal para el Bienestar de los Animales como un estándar común de conocimiento para todas las personas y todas las naciones, solicitando se implementen por todos los medios apropiados la promoción de estos principios y la realización de medidas progresivas, nacional e internacionalmente, para asegurar su universal y efectivo reconocimiento y aplicación.


ARTICULO 1

Definiciones:

“Animal”: significa cualquier mamífero no-humano, ave, reptil, anfibio, pez, o invertebrado capaz de sentir miedo o stress.

“Vida salvaje”: incluye a cualquier animal que no haya sido domesticado por el hombre.

“Animales humano dependientes”: significa cualquier animal cuyo bienestar o supervivencia esta bajo el cuidado de humanos e incluye a los animales de compañía; animales criados para la alimentación del hombre o para obtener de ellos productos, o como fuente de tracción o para carga, servicios, investigación científica, entretenimiento y los mantenidos en cautiverio.

“Animales de compañía”: se refiere a las especies que, dentro del contexto de la cultura local, han sido tradicionalmente de compañía para humanos y se crían, sistemáticamente o no, para este propósito.

“Crueldad”: significa la aplicación de dolor innecesario o stress en un animal, sea esta en forma deliberada o por negligencia.

“Bienestar”: es el grado en que se logran las necesidades psíquicas, de comportamiento y psicológicas del animal.

ARTICULO 2

PROVISIONES FUNDAMENTALES:

Los seres humanos tienen la obligación positiva para el cuidado y bienestar de los animales.

Ningún animal debe ser matado innecesariamente o sujeto a crueldades por un humano.

La crueldad hacia los animales debe ser tenida en cuenta como una ofensa jurídica seria, reconocida así en la legislación en todos sus niveles y punible con penas adecuadas que impidan al infractor actuar nuevamente en la misma forma.


ARTICULO 3


VIDA SALVAJE

Solo cuando sea necesario será aceptable capturar y matar vida salvaje, para proteger la biodiversidad, y el máximo de animales a capturarse debe ser sustentable y determinado sobre la base de serias prácticas de manejo científicas.

Solo cuando sea necesario capturar y matar vida salvaje, se hará con aquellos elementos, métodos y técnicas que no: infrinjan crueldad, lastimen a otros animales no deseados en el acto de captura y muerte, ni dañen el hábitat natural.

La captura y matanza de animales salvajes para el propósito de entrenamiento o deporte debe ser prohibida.

Para asegurar la implementación de los puntos antes referidos deben ser tomadas todas las medidas necesarias para proteger el hábitat y el ecosistema.

ARTICULO 4

ANIMALES HUMANO-DEPENDIENTES

A los animales criados bajo el control o en cautiverio por humanos se les deberán garantizar las Cinco Necesidades básicas, adoptadas progresivamente a través del concepto bienestar animal:

Necesidad de no sufrir hambre y sed: libre acceso al agua fresca y a una dieta que mantenga vigor y salud,

Necesidad de no sufrir incomodidades: ser proveído del ambiente apropiado, incluyendo refugio y una confortable área de descanso.

Necesidad de no sufrir dolor, daño o enfermedad: por prevención o rápido diagnóstico y tratamiento.

Necesidad de no sufrir miedo y stress: asegurando las condiciones y el trato que eviten el sufrimiento mental.

Médicos veterinarios y otras personas calificadas pueden ser autorizadas a matar humanitariamente cualquier animal que se encuentre tan lastimado, enfermo o estresado que su existencia involucre su continuo sufrimiento.


ARTICULO 5

ANIMALES CRIADOS PARA ALIMENTACIÓN HUMANA, CARGA O TRANSPORTE.

Solo cuando sea necesario matar un animal para consumo humano, se aplicará un método que lo lleve a una inmediata inconsciencia e insensibilidad al dolor hasta que llegue su muerte.

El proceso de matanza del animal en los establecimientos faenadores debe ser llevado a cabo por un individuo competente y bien entrenado a tal efecto.

Aquellos animales que se encuentren esperando su matanza en los establecimientos faenadores deben ser descargados, manejados, enjaulados, y alimentados de una manera humanitaria.

Todos los pasos apropiados deben ser tenidos en cuenta para minimizar la duración del transporte de animales. Cuando dicho transporte esté siendo llevado a cabo la preocupación por el bienestar del animal debe ser tenida en cuenta y aplicada.

La matanza de los animales debe ser llevada a cabo tan cerca como sea posible de su lugar de origen.

Todos los pasos apropiados deben ser tenidos en cuenta para asegurar las limitaciones razonables en la duración e intensidad en los trabajos en aquellos animales usados como carga o transporte u otras tareas de trabajo para humanos; dichas limitaciones deben estar basadas en una evaluación científica.

Articulo 6

ANIMALES DE COMPAÑÍA

Los dueños de los animales de compañía, deben ser obligados a tomar la responsabilidad del cuidado y bienestar de sus animales durante toda la duración de las vidas de estos o hacer los arreglos adecuados para transferir esta responsabilidad a otra persona responsable en caso de no poder hacerse más cargo de ellos.

Deben tomarse las medidas adecuadas para promover e introducir la castración de los animales de compañía.

Deben llevarse a cabo los pasos adecuados para implementar un proceso de registro e identificación de los animales de compañía.

Para ayudar animales en su ciudad click aqui!


El comercio de animales de compañía debe estar sujeto a estricta regulación, licenciamiento e inspección para prevenir la crueldad y la crianza de animales no deseados.

Médicos veterinarios u otras personas por ellos calificadas deben ser autorizadas a destruir humanitariamente a aquellos animales de compañía que han sido abandonados y no pueden ser reubicados en hogares o provistos con el cuidado adecuado para asegurar su bienestar.

La destrucción de animales de compañía con métodos inhumanos e indiscriminados, incluyendo la electrocución, envenenamiento, disparos, golpes, ahogamiento o estrangulación deberá ser prohibida.

ARTICULO 7

ANIMALES PARA DEPORTES Y ENTRETENIMIENTOS

Cuando los animales sean utilizados en deportes legítimos y entretenimientos todos los pasos apropiados deben ser tenidos en cuenta para prevenir su exposición a crueldades y sufrimientos.

Exhibiciones y espectáculos usando animales, que deterioren la salud de los mismos y su bienestar deben ser prohibidos.



ARTICULO 8

ANIMALES VIVOS PARA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

El uso de animales para pruebas y propósitos científicos, solo debe ser llevado a cabo para propósitos esenciales para el bienestar humano u animal, incluyendo:

Encontrar una cura, prevención o tratamiento o una enfermedad específica.

Desarrollar un producto para aliviar el sufrimiento o promover la salud.

Determinar el grado de riesgo de subsistencias potencialmente peligrosas cuando no existan otras alternativas.

Cuando solo sea necesario el uso de animales para pruebas e investigación, los métodos utilizados deben asegurar que:

El número de animales sea minimizado.

El dolor y stress sean minimizados y/o aliviados.

El nivel de cría, cuidado y manejo a los animales a través de su vida cumpla con altos estándares.

El reemplazo de los experimentos con animales vivos por métodos alternativos de prueba deben ser estimulados en la medida de lo posible y los métodos alternativos deben ser promovidos, investigados y validados.

El uso de animales con el propósito de investigaciones científicas y pruebas debe ser prohibido cuando:

Es posible obtener similar información de similar valor científico sin el uso de animales.

Se encuentra disponible información del mismo valor científico.

Los resultados no son esenciales para el bienestar humano u animal.



FUENTE: APAC - Asociación para la Protección de Animales Callejeros


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